Autorización
para salir del país.

Autorización para salir del país
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Para determinar
a quien se solicita la autorización hay que distinguir:
- Si no existe
tuición conferida por un tribunal a algunos de los padres
o a un tercero, se requiere la autorización del padre y la
madre.
- Si existe tuición
otorgada por el juez, la autorización se requiere a la persona
que tiene la tuición.
- Si se otorgo
la tuición, pero también está regulado el derecho
de visitas o comunicación, se requiere la autorización
del padre a quien se otorgo el derecho de visitas.
Esta autorización
debe otorgarse por escritura pública o por escritura privada
otorgada ante notorio público, en caso de oposición
de las personas a otorgar esta autorización, contáctenos
para recurrir a la justicia. Si el juez estima que las razones dadas
para negar la autorización no tienen fundamento, otorgará
la autorización debiendo considerar el beneficio que le pudiere
reportar al menor.
La autorización debe señalar:
- Cuales son
los beneficios que le reportará al menor la salida del país.
- La época
(fecha) en que se concretará la salida del país.
- El tiempo que
durará.
Si el menor, sin
causa justificada, no vuelve al país en la fecha indicada,
contáctenos para regularizar esta situación y solicitar
la suspensión del pago de pensiones alimenticias decretadas.